Cadena perpetua al limbo del desempleo

Written by | Opinión

AMICUS CURIAE

En septiembre de 2007, Yssel Reyes Delgado fue despedido injustamente de su trabajo en el banco HSBC. ¿La causa?, el área de Recursos Humanos de la institución tuvo conocimiento de que Reyes Delgado llevaba 17 años como portador del VIH.

La discriminación es uno de los grandes temas que considero deberán ser atacados en el futuro cercano; de frente, como el gran problema que representan. Permitir que la discriminación siga proliferando libremente nos deshumaniza, nos convierte en una sociedad indolente, es decir, que poco a poco pierde la capacidad de indignarse ante aquello que injustamente causa dolor a nuestros semejantes. En definitiva el progreso nos conmina a caminar decididamente hacia un escenario social cada vez menos violento.

El 29 de enero de este año la Suprema Corte de Justicia de la Nación tuvo la oportunidad de aprovechar el caso de Yssel para sentar un importante precedente en contra de la discriminación laboral. Sin embargo, la Corte decidió lamentablemente dar un paso atrás. Argumentó la Ministra Margarita Luna Ramos que «se llega al convencimiento de negativa del amparo, precisamente porque no se prueba porque haya habido un despido injustificado».

¿Y cómo exactamente se comprobaría que la discriminación tuvo que ver en el despido de Reyes Delgado?, ¿es necesario que la empresa envíe un memorándum admitiendo expresamente que no quieren empleados VIH positivo? Es absurdo.

Ahora bien, hay otro aspecto muy importante que tomar en cuenta: en entrevista con SDP Noticias, Yssel relata que HSBC difundió dentro de la institución su condición de salud. Esta situación, es decir, la difusión de su condición médica por parte de la institución, fue de su conocimiento a través de un correo institucional donde se le marcaba a él, junto con otros, como “empleados con gastos médicos catastróficos”, y de igual manera por el cambio radical del trato que sus compañeros de trabajo tuvieron hacia él.

Lo anterior representa tres cosas muy importantes para entender el caso: la condición médica de las personas representa un dato sensible de acuerdo a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares;  demuestra la mala fe de la institución previo al despido de Yssel; y tercero, laboralmente hablando, el hecho de que la situación de salud de Yssel haya sido revelada representa para él una condena definitiva de desempleo.

Resulta irónico que este fallo tenga lugar a muy poco tiempo de que la Suprema Corte mexicana fuera reconocida por la ONU con el Premio de Derechos Humanos por su actividad durante 2013, pues en definitiva el trato a los derechos humanos de Yssel, no refleja el mérito que la Corte tuvo con sus importantes progresos del año pasado.

Rubén Alvarez Escobar

ruben.alvarezer@udlap.mx

Last modified: 9 febrero, 2014